viernes, 18 de abril de 2008


República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.E.C.”San Luis Rey”
Villa de Cura, estado Aragua

Informe de Contrato Colectivo y Leyes Anexas

Integrantes:
Baptista Dehilys#19
Ortega Stephany#16

Abril, 2008


El contrato colectivo de trabajo es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores.
También, en caso que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional, este contrato tendrá una vigencia de dos años.
El contrato colectivo de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, etc.).
Este tipo de contrato de trabajo se aplica a todos los trabajadores del ámbito (empresa o Las condiciones del convenio suelen considerarse como un mínimo. El contrato individual que firme cada trabajador puede mejorarlas (más sueldo, más descansos, etc.), pero no puede establecer condiciones más desfavorables para el trabajador, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, etc.) actividad alcanzado, aunque no estén afiliados al sindicato firmante la importancia de los contratos colectivos de trabajo dentro de un Estado de derecho, se impone la máxima de que los sindicatos deben hacer un primer esfuerzo por adjudicarle dentro de éstos, un papel decisivo al tema de la capacitación.
Si el objetivo supremo en una hipotética economía de mercado es la búsqueda de una mayor competitividad, entonces resulta inaplazable el diseño de una política de capacitación laboral de largo alcance. Esta política no tiene que circunscribirse sólo, de manera absoluta, al ámbito interno de la empresa. Ella tiene que estar en perfecta concordancia con todas las reformas que se adelanten en el plano de la educación formal del país. Una mano de obra que vea reforzada sus habilidades técnicas y ampliadas sus oportunidades de inserción en el mercado laboral, siempre tendrá una mejor disposición subjetiva para cualquier cambio que se suscite en la economía.
En el país, ante el actual reto que implica la relegitimación de todas las autoridades sindicales, y ante las perspectivas de recuperación de los factores tradicionales de un liderazgo seriamente comprometido con el pasado; se torna indispensable el que los sectores democráticos hagan más efectiva su acción de monitoreo a los futuros contratos de trabajo que se suscriban. No sólo es el seguimiento a la cláusula salarial, sino también velar de que los programas de capacitación sean desarrollados con toda plenitud. De la madurez para comprender los cambios que se avecinan, dependerá la puesta en marcha de una nueva manera de entender la capacitación del sector laboral en el país.
Si el derecho de los trabajadores a intervenir en la adopción de decisiones sobre asuntos de personal y de producción está plenamente aceptado... el perfeccionamiento de los recursos humanos suele pasar por los cauces tradicionales de las relaciones laborales colectivas. Esto se aplica, en particular, a la descentralización, la flexibilidad de la remuneración, la formación en la empresa, las comunicaciones entre los trabajadores, el trabajo en equipo y la ordenación del tiempo de trabajo.
Exiten leyes anexas además de la ley organica del trabajo que respaldan al trabajador, sus derechos y obligaciones entre ellas podemos mencionar:
LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Esta ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela.
LEY ORGÁNICA DE AMPARO SOBRE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
En dicha ley se indica que la acción de amparo procede contra cualquier hecho, acto u omisión provenientes de los órganos del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal. También procede contra el hecho, acto u omisión originados por ciudadanos, personas jurídicas, grupos u organizaciones privadas que hayan violado, violen o amenacen violar cualquiera de las garantías o derechos amparados por esta Ley.
LEY ORGÁNICA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
La presente Ley Orgánica tiene por objeto regular la naturaleza, organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, como órgano integrante del Poder Ciudadano, que forma parte del Poder Público Nacional, tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas dentro del territorio; y de éstos cuando estén sujetos a la jurisdicción de la República en el exterior.
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
El presente Reglamento regirá las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social, en los términos consagrados en la Ley Orgánica del Trabajo. En el supuesto que corresponda a los funcionarios y funcionarias de la Administración del Trabajo dirimir conflictos intersubjetivos entre particulares, deberán observarse, en el orden establecido, las normas de procedimiento previstas en los siguientes instrumentos
LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO .
La presente Ley garantizará la protección de los trabajadores en los términos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes, así como el funcionamiento, para trabajadores y empleadores, de una jurisdicción laboral autónoma, imparcial y especializada
Bibliografia
http://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_colectivo_de_trabajo
http://www.leyesvenezolanas.com/

martes, 11 de marzo de 2008

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación

U.E.C. “San Luis Rey”

Villa de Cura, estado Aragua



EJERCICIOS DE LEGISLACION SOCIAL




Profesor:




Integrante:

Carlos Quintero

Dehilys Baptista#19


2º de Comercio

Villa de Cura, marzo 2008

#1La empresa Inversiones La Económica solicita asesoramiento para la contratación de mano de obra especialmente menores de edad, que recomendaciones daría usted considerando la legislación laboral vigente.(Empresa manufacturera y con tres turnos).

Si esta empresa desea contratar a menores de edad lo primero es que tiene que conocer los derechos que la ley del trabajo le otorga a este tipo de trabajador, si este es menor de 14años pero mayor de 12 solo podrá trabajar con la autorización del Instituto Nacional del Menor, o en su defecto las autoridades de trabajo, siempre y cuando efectúen labores adecuadas a su estado físico, y la empresa debe garantizar su educación, En el caso de los mayores de catorce (14) y menores de dieciséis (16) podrán realizar labores siempre y cuando estén enmarcadas en la ley, pero debe existir previa autorización de su representante legal, en caso de que este no este la autorización debe ser otorgada por el Juez de Menores.

La jornada de trabajo no podrá exceder de seis horas diarias dividida en dos periodos entre los cuales los menores disfrutaran de un descanso no menor de dos horas, en el cual deberán retirarse del lugar del trabajo, No debe existir diferencia entre el pago del trabajo de los menores hábiles en comparación de los demás trabajadores, este pago no se podrá estipular por unidad de obra, destajo o por pieza.

Además dicha empresa deberá Requerir de diversos datos indispensables del menor, para llevar en un libro de registro del mismo. Esos datos son:

a) Nombres del Menor.

b) Fecha de Nacimiento.

c) Nombre de los padres o representante legal.

d) Residencia.

e) Naturaleza de la labor.

f) Certificado de aptitud.

g) Grado de Instrucción.

h) Escuela a la que asiste.

#2La señora Yexika Colmenares quien ingreso a la empresa el 10 de octubre del 2000 devengando un salario de 900bs.f se encuentra de reposo post natal ya que dio a luz el 23 de enero del 2008, desea mediante un acuerdo amistoso retirarse de la empresa, haga una oferta beneficiosa para ambas partes.

900/30= 30 salario diario

Utilidades

Al 31/12/2008

30*15= 450

Al 23/01/2009

360----------15

23______ x

X=0.95dias

0.95*30=28.5

450+28.5=478.5

Bono Vacacional

Al 10/10/2008

30*7=210

Días adicionales por antigüedad=7

30*7=210

Al 23/01/2008

360______15

103______x

X= 4.29dias

210+210+4.29=424.29

Antigüedad

2000-2001=45dias

2001-2002=60dias

2002-2003=62dias

2003-2004=64dias

2004-2005=66dias

2005-2006=68dias

2006-2007=70dias

2007-2008=72dias

Total días: 507

10/10/2008 al 23/01/2009=103dias

360______60

103______x

X= 17.16dias

17.16+507=524.16

524.16*30= 15724.8total antigüedad

Antigüedad doble: 15724.8*2= 31449.6

Salario

04/03/2008 al 23/01/2009= 10meses y 19dias

319*30=9570

Liquidación total

478.5=utilidades

424.29=bono vacacional

31449.6=antigüedad doble

9570.0=salario

Total=41922.39

miércoles, 27 de febrero de 2008

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.E.C. “San Luis Rey”
Villa de Cura, estado Aragua



LEGISLACION SOCIAL




Integrante:
Dehilys Baptista #19





Villa de Cura, febrero 2008
Disposiciones legales relacionadas con el menor trabajador

Según la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) se prohíbe el trabajo de menores de catorce (14) años de edad, en cualquier empresa o establecimiento, sin embargo el trabajo el trabajo de menores de catorce y mayores de doce, solo se podrá realizar con la autorización del Instituto Nacional del Menor, o en su defecto las autoridades de trabajo, siempre y cuando efectúen labores adecuadas a su estado físico, y que se les garantice la educación. Estas condiciones serán supervisadas por el Instituto Nacional del Menor o por el Ministerio del Ramo del Trabajo (Art. 247).
En el caso de los mayores de catorce (14) y menores de dieciséis (16) podrán realizar labores siempre y cuando estén enmarcadas en la ley, pero debe existir previa autorización de su representante legal, en caso de que este no este la autorización debe ser otorgada por el Juez de Menores. La LOT prohíbe el trabajo de menores en labores que pongan en riesgo su vida y su salud, que impidan el desarrollo físico y normal, y su formación intelectual y moral (Art. 248, 249, 250).
Los menores trabajadores deberán tener un certificado que les acredite su capacidad mental y física para las labores que deberá realizar, además serán sometidos a exámenes médicos periódicamente, en caso de que el trabajo que realiza impida su desarrollo normal, no podrá seguir trabajando y el patrono deberá cubrir los gastos de recuperación y facilitarle un trabajo adecuado (Art. 252, 253).
La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias dividida en dos periodos entre los cuales los menores disfrutaran de un descanso no menor de dos horas, en el cual deberán retirarse del lugar del trabajo. En el caso de labores donde el menor tenga que estar presente necesariamente, podrán permanecer en su trabajo hasta un limite de ocho horas diarias, con el derecho de un descanso mínimo de una hora, cuando se refiera a labores domesticas los menores gozaran diariamente de un descanso continuo no menor de doce horas. La jornada de trabajo de los menores de dieciocho años, podrá prestarse solo en las horas comprendidas entre 6:00 de la mañana y 7:00 de la noche (Art. 254, 255, 256, 257).
No debe existir diferencia entre el pago del trabajo de los menores hábiles en comparación de los demás trabajadores, este pago no se podrá estipular por unidad de obra, destajo o por pieza (Art. 258, 259). En el caso de las vacaciones anuales de los menores se ejercerán en los meses de vacaciones escolares, si estas no coinciden el patrono adelantara su concesión hasta por un termino de tres meses.Cuando el patrono deba contratar menores como aprendices, es decir, los menores sometidos a formación profesional sistemática del oficio en el cual trabajen, la relación de trabajo se mantendrá por el tiempo del aprendizaje salvo que las partes decidan continuarlas (Art. 268)
Los patronos deberán indicar a la inspectoria de trabajo todos los datos pertinentes de sus aprendices, se considerara como parte de la jornada de trabajo el tiempo requerido para el aprendizaje correspondiente (Art.270, 271).La LOT busca a través de todas estas normas velar por la salud física y mental de todos los menores trabajadores, y evitar el abuso a este.

Disposiciones legales referentes a la trabajadora embarazada

La mujer trabajadora no podrá ser objeto de diferencias en cuanto a la remuneración y demás condiciones de trabajo, EL Ejecutivo Nacional mediante resoluciones especiales estableció normas con el fin de lograr es bienestar de la maternidad y de la familia, cuando la mujer trabajadora se encuentre embarazada, según la LOT, esta exenta de realizar tareas que requieran esfuerzos físicos, que puedan producir el aborto o el desarrollo normal del feto, la trabajadora no podrá trasladarse de su lugar de trabajo, solo cuando se requiera por razones de servicios y siempre y cuando el traslado no perjudique su embarazo (Art. 382, 383).
La trabajadora embarazada tiene derecho a un descanso de seis semanas por concepto de prenatal y doce semanas por postnatal. Estos descansos pueden ser aumentados por prescripción médica y el descanso prenatal es acumulable al post natal (Arts. 385, 386, 388), en caso de que la trabajadora adopte un niño menor de tres años, tendrá derecho a un descanso máximo de diez semanas después que se le entregue el niño (Art.387). La trabajadora tendrá derecho a hacer uso de su derecho de vacaciones inmediatamente finalizada la licencia de maternidad (Art. 390). Todo patrono que ocupe más de 20 trabajadores tiene la obligación de instalar una guardería infantil para que los trabajadores puedan dejar sus hijos durante la jornada de trabajo. Los patronos pueden asociarse entre sí para establecer la guardería o pagar el costo del servicio en guarderías existentes (Art. 391 y 392).
La trabajadora tiene derecho a dos descansos diarios de media hora cada uno para amamantar su hijo en la guardería y si no hay guardería cada descanso será de una hora. Aunque no hay disposición interna que lo prevea expresamente, estos descansos se reputan como parte de la jornada de trabajo desde el momento que la LOT establece que no podrá haber diferencias de remuneración por el ejercicio del derecho a la lactancia (Art. 393, 394).
Todas estas normas serán supervisadas en las empresas por un personal femenino dependiente a la Inspectoria de Trabajo y así verificar su cumplimento
Causas de despido (Art.384)
La protección de la maternidad prevé la estabilidad en el empleo durante el embarazo y hasta un año después del parto, tiempo durante el cual sólo puede ser despedida por las causas contempladas en la LOT en su art 102:
*Conducta inmoral en el trabajo
*Vías de hecho, salvo en legítima defensa
*Injurias o falta grave de respeto al patrono
*Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo
*Inasistencias injustificadas al trabajo durante tres días hábiles
*Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las maquinas, herramientas y útiles de trabajo
*Revelación de secretos de manufacturas, fabricación o procedimientos
*Abandono del trabajo
Se entiende por abandono del trabajo:
*La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas de trabajo del sitio de la faena, sin permiso del patrono o de quien a este represente.
*La negatividad de trabajar en las faenas a que ha sido destinado, siempre que ellas estén de acuerdo con el respectivo contrato o con la ley, no se considerara abandono del trabajo la negativa del trabajador a realizar una labor que entrañe un peligro inminente y grave para su vida y su salud.
*La falta injustificada de asistencia al trabajo de parte del trabajador que tuviere a su cargo alguna faena o maquina, cuando esa falta signifique una perturbación en la marcha del resto de la ejecución de la obra.
CONCLUSION
El trabajo como hecho social goza de la protección estatal. Dicha protección tiene carácter constitucional y abarca tanto la prestación de servicio subordinada como la independiente, remunerada o no; es decir, engloba el trabajo remunerado y todas las expresiones de trabajo voluntario, con la única condición que sean actividades lícitas que generen riqueza y/o contribuyan a la cohesión y bienestar social. La salud ocupacional y la formación profesional siguen siendo tareas pendientes del legislador venezolano. Los Estados reconocen el derecho al niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpezca su educación, o que sea nocivo para la salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
Además, Venezuela ha ratificado numerosos convenios internacionales relativos a la promoción de la plena igualdad de la mujer, y además garantiza asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y el postparto.

BIBLIOGRAFIA


*LEY ORGANICA DEL TRABAJO
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
*Internet Explorer, tugente.com
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.E.C. “San Luis Rey”
Villa de Cura, estado Aragua




CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL


Integrantes:
Dehilys Baptista#19
Stephany Ortega#16
2° de Comercio



Villa de Cura, febrero 2008
EL PRESUPUESTO
El sistema de presupuesto está conformado por un conjunto de políticas, normas, organismos, recursos y procedimientos, utilizados en las distintas etapas del proceso presupuestario; tiene por objeto prever las fuentes y montos de los recursos monetarios y asignarlos anualmente para el financiamiento, tanto de planes, programas y proyectos, como de la organización adoptada, a fin de cumplir los objetivos y metas del sector público, en orden a satisfacer las necesidades sociales; requiere para su funcionamiento, de niveles organizativos, de decisión política, unidades técnico normativas centrales y unidades periféricas responsables de su utilización.

SISTEMA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

El presupuesto público es el instrumento de ejecución anual de los planes, programas y proyectos del sector público, que constituyen o integran el sistema de planificación.

Planes de largo y mediano plazo

En los planes de largo plazo, también denominados estrategias de desarrollo, se definen los grandes objetivos de la nación previa la realización de sondeos y consultas a los grupos organizados de la sociedad, utilizando los mecanismos propios de un sistema democrático y participativo. La decisión sobre los objetivos se adopta después de analizar alternativas de máxima y de mínima, con un criterio crítico de lo que es viable, y reconociendo los problemas y obstáculos que hay por resolver y superar
En esta instancia, el papel que cumplen los políticos es insustituible, pues deben ser capaces de interpretar los objetivos, deseos, expectativas, necesidades e intereses de todos los grupos sociales, para transformarlos en objetivos nacionales u objetivos de la nación, hacia los cuales se orientarán los esfuerzos de la totalidad del país
Los planes de mediano plazo constituyen etapas o espacios temporales de la estrategia de desarrollo a largo plazo; consecuentemente son instrumentos de mayor especificación, pues definen los objetivos y metas de dos o tres años, y determinan las acciones que se deben realizar para lograrlos; en esta etapa, las metas se presentan en términos cuantitativos como verdaderos escalones para alcanzar los objetivos que tienen básicamente un contenido cualitativo.
Estos instrumentos simultáneamente sirven de marco de referencia para la formulación y ejecución de los planes anuales; puesto que, toman en cuenta el contexto económico, social y político, la secuencia de las acciones, la asignación de recursos, los programas sectoriales, las etapas de los proyectos específicos, la coherencia de los presupuestos con los planes y las pautas, criterios o parámetros de control y evaluación

Plan operativo anual
En la planificación a corto plazo se realiza la proyección de las variables macroeconómicas de carácter global, a fin de orientar las decisiones de política económica, los objetivos y metas del sector público y las necesidades y requerimientos de recursos humanos, materiales y financieros
El plan de corto plazo es un instrumento en el cual se explicitan los objetivos y metas anuales, dentro de la perspectiva del mediano plazo para manejar la coyuntura con medidas y decisiones concretas; compatibilizando acciones del sector público con las del sector privado; asignando responsabilidades en el ámbito sectorial, institucional y espacial; y, relacionando el presupuesto del sector público con los otros componentes del plan operativo anual, tales como la política económica, monetaria y financiera, el comercio exterior, los insumos reales en recursos humanos y materiales y los principales proyectos, dentro de una visión de conjunto

El presupuesto como instrumento de programación económica y social
Las acciones de programación en el largo y mediano plazo, se elaboran en términos agregados y variables macroeconómicas para el conjunto de la realidad nacional, departamental, provincial y regional o municipal, según sea el caso. De tal suerte que no es factible que alcancen el nivel de detalle necesario para determinar los requerimientos que exige la acción inmediata.
La acción del sector público, prevista en planes de mediano y largo plazo, se detalla y concreta paulatinamente en la programación anual de operaciones; y el presupuesto le asigna los recursos financieros requeridos para ejecutar las decisiones emanadas del poder político, denominadas también políticas públicas.
El presupuesto guarda conformidad con el plan financiero, el plan de inversiones y otros instrumentos de política económica.
El sistema de presupuesto rige en todas las instituciones, entidades y organismos del sector público y se conforma con arreglo, tanto a los principios presupuestarios especialmente de unidad y universalidad, como a clasificadores comunes y uniformes.
En el presupuesto del sector público y, especialmente, en el de cada uno de los organismos que lo constituyen, los objetivos y los medios correspondientes se establecen con el grado de detalle y con El sistema de presupuesto cumple un doble papel, es uno de los sistemas que integran la administración financiera pública y, al mismo tiempo es una herramienta de ejecución de políticas y planes a mediano y corto plazo.

Los objetivos específicos del sistema de presupuesto son los siguientes:
* Posibilitar la instrumentación anual de los objetivos, políticas y metas definidos por las autoridades políticas de mayor nivel.

* Permitir una eficiente asignación y uso de los recursos reales y financieros que demanda el cumplimiento de los objetivos y metas incluidos en le presupuesto.

*Lograr un adecuado equilibrio en las diversas etapas del proceso presupuestario, entre la centralización normativa y la descentralización operativa.

*Brindar información en cada una de las etapas del proceso presupuestario, sobre las variaciones reales y financieras, a efecto de que las decisiones de los niveles superiores se adopten vinculando ambos tipos de variables.


*Contar con una estructura que posibilite alcanzar las necesarias interrelaciones entre los sistemas de administración financiera, y permita el ejercicio del control interno y externo.

Para alcanzar dichos objetivos es necesario utilizar técnicas que permitan interrelacionar las variables reales y financieras en todas las etapas del proceso presupuestario. De esta manera, se puede vincular la producción pública con las demandas y necesidades de la sociedad, determinar el impacto del ingreso y del gasto público en la economía y medir el costo de la gcreción adecuada para la acción inmediata y cotidiana.
El presupuesto hace posible materializar en el corto plazo, el cumplimiento de las políticas de desarrollo en el ámbito de la producción pública, a la vez de permitir su compatibilización con las restantes políticas para la coyuntura; le da, por tanto, carácter operativo a las orientaciones de la programación económica y social.
Por otra parte, a través del presupuesto público, el estado define el nivel y composición de la producción e inversión pública, la demanda de recursos reales que requiere la economía, las formas y magnitudes del financiamiento de sus actividades y los efectos que el binomio ingreso-gasto pretende alcanzar en las macro variables del sistema económico.

PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS

Para que el presupuesto alcance un nivel de desarrollo técnico que le permita cumplir con las funciones que le son propias, es indispensable que en todo su proceso, métodos y procedimientos, etapa por etapa y tanto en su contenido como en su forma, se apliquen determinados principios o normas técnicas. Algunas de ellas eran ya principios en el presupuesto tradicional: otras en cambio corresponden exclusivamente a la concepción moderna del presupuesto. Los principios que aquí se presentan en forma sintética, son los de uso más común:

Programación
Este principio se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que el mismo debe tener el contenido y la forma de la programación.
Por contenido se entiende que todos los elementos que conforman la programación presupuestaria deben estar disponibles, en cantidad y calidad adecuada e interrelacionados entre sí. De esta manera se hace posible su operación coordinada, permitiendo la definición, vialidad y ejecución de los objetivos prioritarios establecidos para el Sector Público.

Universalidad
Dentro de este postulado se incluye la necesidad de que todo aquello que constituya materia del presupuesto debe ser incorporado en él. Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga del presupuesto. En la concepción tradicional se considera que este principio podía cumplirse cabalmente bajo la prohibición de fondos extrapresupuestarios.
Exclusividad
En cierto modo este principio, complementa y precisa el postulado de universalidad, al exigir que no se incluyan en la Ley Anual de Presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos.
Unidad
Este principio se refiere a la obligación impuesta a todas las instituciones del sector público para que sus presupuestos sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria. Esta debe ser única, definida y adoptada por la autoridad competente de acuerdo a ley, basarse en un solo método y expresarse uniformemente. El concepto de política presupuestaria única no implica que todos los organismos públicos ejecuten una misma política, sino que sus políticas institucionales, sectoriales y/o regionales específicas se deben enmarcar dentro de la política presupuestaria global del sector público.

Acuciosidad
Para la observación de este principio es imprescindible el cumplimiento, en las diversas etapas del proceso presupuestario de las siguientes condiciones básicas:

*Profundidad, sistematicidad, unidad, organicidad en la labor técnica; en la toma de decisiones; en la realización de las acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras.

* Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos, en la asignación de los correspondientes medios y en el proceso de aplicación y concreción, así como en la evaluación del nivel de cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y las causas de posibles desviaciones.

Claridad
Este principio tiene importancia para la eficacia del presupuesto como instrumento de gobierno, de administración y de programación socioeconómica. Es esencialmente de carácter formal. Si los documentos presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor ajuste a los tiempos y a los resultados a alcanzar. Por otro lado favorece la toma de conocimiento e interpretación por los ciudadanos.

Especificación
Este principio se refiere, básicamente, al aspecto financiero del presupuesto y significa que, en materia de ingresos, debe señalarse con precisión las fuentes que los originan y, en materia de gastos, las características de los bienes y servicios que deben adquirirse.

Periodicidad
Este principio tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad global del país y, por otro, en la misma naturaleza del presupuesto.

Continuidad
Puede pensarse que al sostener la vigencia del principio de periodicidad se está refiriendo a verdaderos cortes en el tiempo, de tal suerte que cada presupuesto no tenga relación con los que lo antecedieron ni con los venideros. El carácter dinámico de las acciones presupuestarias hacen necesario que la anualidad se conjugue con la continuidad.

Flexibilidad
La aplicación de este principio conduce a que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de administración, de gobierno y de programación económica y social.

Factibilidad
Con el cumplimiento de este principio, se tiende al establecimiento de objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y considerados de la más alta prioridad. Es decir, debe programarse lo que es factible ejecutar.

Equilibrio
Este principio se refiere, esencialmente, al aspecto financiero del presupuesto. Es esta su acepción más tradicional y postula que el total de gastos públicos debe ser igual al total de los ingresos públicos. Como tal, ha sido consagrado en leyes e incluso en las Constituciones de algunos países. Sin embargo depende, en última instancia de los objetivos que se adopten.

Anticipación

Los presupuestos deben prepararse y sancionarse antes del período al cual se refieren.
CONCLUSION
La consolidación del presupuesto del Sector Público, permite un mejor análisis del presupuesto y hace posible que los diferentes usuarios dispongan de información sobre el efecto del gasto e ingreso público en la economía nacional para un período determinado.
El sistema de presupuesto cumple un doble papel, es uno de los sistemas que integran la administración financiera pública y, al mismo tiempo es una herramienta de ejecución de políticas y planes a mediano y corto plazo.

Los objetivos específicos del sistema de presupuesto son los siguientes:

*Posibilitar la instrumentación anual de los objetivos, políticas y metas definidos por las autoridades políticas de mayor nivel.

* Permitir una eficiente asignación y uso de los recursos reales y financieros que demanda el cumplimiento de los objetivos y metas incluidos en le presupuesto.

* Lograr un adecuado equilibrio en las diversas etapas del proceso presupuestario, entre la centralización normativa y la descentralización operativa.

* Brindar información en cada una de las etapas del proceso presupuestario, sobre las variaciones reales y financieras, a efecto de que las decisiones de los niveles superiores se adopten vinculando ambos tipos de variables.


* Contar con una estructura que posibilite alcanzar las necesarias interrelaciones entre los sistemas de administración financiera, y permita el ejercicio del control interno y externo.

Para alcanzar dichos objetivos es necesario utilizar técnicas que permitan interrelacionar las variables reales y financieras en todas las etapas del proceso presupuestario. De esta manera, se puede vincular la producción pública con las demandas y necesidades de la sociedad, determinar el impacto del ingreso y del gasto público en la economía
BIBLIOGRAFIA
Internet Explorer
Sistema integrado de administración financiera

domingo, 24 de febrero de 2008



Dedicada a todos mis amigos y a aquellas personas que día a día hacen que mi vida sea especial.


La vida es un eterno y hermoso devenir, todos estamos inmersos dentro se ese grandioso océano que nos brinda la oportunidad cada día de ser mas felices.

No importa como, ni cuando, existe siempre alguien en quien puedes confiar, apoyarte en los momentos difíciles y animarte cuando lo necesites, recuerda siempre que cuentas con tus amigos, y que los verdaderos siempre van a estar cuando tu los necesites.


Es increíble descubrir personas maravillosas, sinceras y tiernas; pero es posible y cuando te ganas su amistad, te das cuenta de que eres un privilegio entre la humanidad, por que lo importante no es conocer muchas personas, lo realmente importante es ser acogido por la ternura y amistad de un ser querido y especial, un amigo.


Hoy me encuentro inmensamente feliz, encontré a ´personas demasiado especiales, lindas, tiernas y hermosas y que se han convertido en un apoyo incondicional; cada día le doy gracias a Dios por haber conocido a los ángeles más precioso que existe entre el cielo y la tierra.
La verdad es que contar con una persona es como tener un as bajo la manga, es una ficha clave, no para la búsqueda de premios u otras cosas, pero si para vivir cada día con un motivo mas para lograr nuestras metas y objetivos.


Amigos, a ustedes les agradezco todas las palabras hermosas que me han dicho, todo el apoyo que me han brindado y todos los pequeños momentos que hemos pasado, de verdad que es un placer compartir y departir con ustedes.
Contar con personas como ustedes es lo mejor que me ha pasado en la vida, es rico quererlos y sentirme querida por ustedes, es un placer que pocos pueden tener, y los que los tenemos, debemos saber como aprovechar todo su amor.


LOS QUIERO MUCHO, GRACIAS POR EXISTIR